El código B125 se utiliza en el ámbito de las especificaciones técnicas de la Unión Europea para la aprobación de vehículos. En concreto, se refiere a la homologación de ciclomotores y motocicletas de dos ruedas con un motor eléctrico.
El significado de B125 indica que estos vehículos están destinados a circular en zonas urbanas y periurbanas, con una velocidad máxima de 50 km/h y una autonomía mínima de 45 kilómetros en condiciones normales de circulación.
Además, para obtener la homologación B125, los fabricantes deben cumplir una serie de requisitos relacionados con la seguridad y el rendimiento de los vehículos, como la presencia de sistemas de frenado eficaces, la resistencia de los neumáticos o la eficiencia energética del motor.
En definitiva, la homologación B125 es una certificación que garantiza que los vehículos eléctricos de dos ruedas cumplen los estándares de calidad y seguridad necesarios para su uso en la ciudad, contribuyendo así a una movilidad más sostenible y respetuosa con el medio ambiente.